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Principales derechos laborales que tienen los padres trabajadores

Este domingo 16 de junio, se celebra en el Perú el día del padre.

A continuación, les dejamos los principales derechos laborales que tienen los padres trabajadores:

  1. Licencia por paternidad.

Los trabajadores tienen derecho a una licencia por paternidad de 10 días calendarios consecutivos, por motivo del nacimiento de cada hijo. Esta licencia se amplía a 20 días en caso de partes prematuro, múltiples o nacimientos con enfermedades congénitas terminales o discapacidades severas. Asimismo, en caso de complicaciones graves en la salud de la madre, este plazo de licencia por paternidad se amplía a 30 días.

El trabajador que haga uso de su licencia por paternidad, tiene derecho, a su solicitud, a hacer uso de su descanso vacacional pendiente de goce, que podrá ser tomado inmediatamente después de concluida la licencia por paternidad. Esta opción procede, si el trabajador lo solicita al empleador con 15 días de anticipación, a la fecha probable de parto.

  1. Licencia por adopción.

En caso de adopción, se le reconoce al trabajador 30 días de licencia, siempre que el niño sea menor de 12 años. El trabajador deberá comunicar al empleador su deseo de tomar esta licencia, en un plazo no menos de 15 días naturales desde la entrega física del niño. Si el trabajador no lo comunica dentro del plazo establecido, no podrá tomar esta licencia.

  1. Licencia por fallecimiento de familiares (sector privado)

El trabajador tiene derecho a licencia de 5 días calendarios consecutivos, en el caso de fallecimiento de cónyuge, padres, hijos y hermanos. Si el familiar fallece en un lugar distinto a donde se ubica en centro laboral, la licencia se extiende por el término de la distancia, conforme a ley.

  1. Licencia por cuidados de familiares directos, gravemente enfermos o accidentados.

Los trabajadores tienen hasta 7 días consecutivos para cuidar al hijo, padres, cónyuge o conviviente, enfermo diagnosticado en estado grave o terminal, o que sufra accidente que ponga en serio riesgo su vida. Si se requiere de un mayor número de días, el trabajador puede solicitarlos a cuenta de vacaciones pendientes de goce, hasta por un máximo de 30 días.

  1. Licencia para asistencia médica y rehabilitación de discapacitados

Los trabajadores tienen derecho a 56 horas anuales de licencia remunerada para la asistencia médica y rehabilitación de hijos menores de edad con discapacidad. En caso se requieran horas adicionales, estas se puede compensar con horas extras, previo acuerdo entre las partes.

 

Lorena Seminario

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