Artículos

La prohibición de las llamadas Spam y su impacto social

El pasado 6 de junio el Congreso aprobó el proyecto de Ley N° 2942/2022-CR, el cual busca regular las comunicaciones comerciales directas hacia los consumidores, llamadas SPAM. Este proyecto será revisado por el Poder Ejecutivo en un plazo de 15 días hábiles para su promulgación u observación, siendo su fecha límite el próximo 4 de julio.

La iniciativa legislativa tiene como principal objetivo, la prohibición para las empresas de realizar llamadas o cualquier otra forma de comunicación comercial a los consumidores, a menos que estos hayan solicitado previamente recibir información publicitaria. Esta modificación representa un cambio respecto a la normativa actual del Código de Protección y Defensa del Consumidor que permite a las empresas contactar a los consumidores para obtener autorización inicial y enviar información publicitaria.

Con el proyecto de Ley indicado se modifica el literal e) del artículo 58° del mencionado cuerpo normativo, restringiendo de manera drástica el uso de centros de llamadas, sistemas de llamado telefónico, envío de mensajes de texto masivos y correos electrónicos para promover productos y servicios a los consumidores. La única excepción será para aquellos casos en los que el consumidor haya iniciado el contacto solicitando información adicional.

Sin embargo, esta medida no ha sido acogida con agrado por el sector empresarial, sobre todo por aquellos proveedores que brindan servicio de telemercadeo y call centers en nuestro país, quienes señalan que esta prohibición impactaría directamente en millones de puestos de trabajo de personas que desempeñan estas labores; asimismo, han precisado que dicha medida, perjudicaría el correcto desarrollo de las estrategias de marketing.

Del otro lado de la moneda, la gran mayoría de consumidores han celebrado la aprobación de esta ley, argumentando que fortalecerá la protección de los ciudadanos contra prácticas intrusivas y no deseadas, que generan una gran incomodidad por la frecuencia de la realización de las mismas.

Si bien es un proyecto de ley que aún no tiene aplicación efectiva en la realidad, como asesor legal especialista en materia de protección al consumidor, considero que, independientemente de la divergencia de posturas a favor y en contra frente a este proyecto ley, no debemos perder de vista la función tuitiva que tiene el INDECOPI (entidad administrativa que estaría a cargo de la fiscalización de los actos enmarcados en dicha norma) frente a la regulación del mercado, siendo su principal función aplicar políticas que busquen un punto de equilibro entre proveedores y consumidores.

Para el caso concreto, considero que los matices de la norma propuesta cumplen con mantener ese equilibrio deseado, ya que no elimina per sé el sistema de telemercadeo,  ni de los call centers, sino que limita su ámbito de aplicación para que se brinde solo a aquellos consumidores que estén interesados en recibir una información determinada sobre los productos y/o servicios que la empresa en cuestión brinde en el mercado; situación que, contrariamente a lo alegado por gran parte del sector empresarial, no enervaría sus estrategias de marketing,  sino por el contrario, permitiría sectorizar de una manera más adecuada a su público objetivo. 

Luis Arias
Luis Arias

Continúa Leyendo

¡Atención!…El tercero adquirente de un inmueble hipotecado no puede intervenir en un proceso de ejecución de garantías como litisconsorte necesario.

Uno de los objetivos perseguidos por el proceso de ejecución de garantías es el de lograr que los deudores que...

Tips para la correcta elaboración de contratos con tus proveedores o clientes

Un contrato es un acuerdo de dos o más partes para crear, regular, modificar o extinguir relaciones jurídicas de tipo...

¡Evita fraudes! Lo que debes saber sobre la nueva actualización del servicio de Alerta Registral

El pasado 30 de mayo se publicó en el diario oficial El Peruano la Resolución N.° 00080-2025-SUNARP/SN, la cual entró...

Nuevo procedimiento de otorgamiento de licencia de uso de agua en el marco de formalización de su uso

Mediante el Decreto Supremo N° 001-2024-MIDAGRI publicado el 09 de enero de 2024 se estableció el procedimiento de otorgamiento de...

Control de Jueces y servidores del Poder Judicial a través de Aplicativo Móvil

La Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial (ANC-PJ) creada el 8 de mayo de 2019 por Ley N° 30943,...

¿Puede la Administración Pública exigir requisitos que no han sido publicados, ni difundidos correctamente a través de las normas que los aprueban?

Recientemente, mediante Resolución 0337-2024/SEL-INDECOPI, la Sala Especializada de Eliminación de Barreras Burocráticas del INDECOPI ha establecido un precedente de observancia...

Aires y buen viento… ¿Se aclaró la confusión entre aires y azotea en predios sujetos a propiedad horizontal?

La Ley 27157 – Ley de regularización de edificaciones, del procedimiento para la declaratoria de fábrica y del régimen de...

Privacidad y Seguridad: Reflexiones en el Día Internacional de Protección de Datos Personales

El Día Internacional de la Protección de Datos Personales se celebra cada 28 de enero invitándonos a reflexionar sobre la...

Scroll al inicio