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¡Evita fraudes! Lo que debes saber sobre la nueva actualización del servicio de Alerta Registral

El pasado 30 de mayo se publicó en el diario oficial El Peruano la Resolución N.° 00080-2025-SUNARP/SN, la cual entró en vigencia desde el 1 de junio de 2025 y no solo  dispone una  ampliación técnica del servicio Alerta Registral a otros registros,  sino que  en el fondo significa que la Superintendencia Nacional de Registros Públicos- SUNARP-  continúa en su  decisión firme de dejar atrás una visión pasiva del registro como un simple depositario de derechos, para asumir un rol más activo, preventivo y cercano al ciudadano,  a través de la digitalización de sus servicios.

Desde su inicio, el sistema registral peruano ha funcionado bajo el principio de publicidad formal: “El registro es público. La publicidad registral formal garantiza que toda persona acceda al conocimiento efectivo del contenido de las partidas registrales y, en general, obtenga información del Archivo Registral”.[1] (Texto Único Ordenado del Reglamento General de los Registros Públicos. Resolución Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 126-2012-SUNARP-SN). Sin embargo, la realidad demuestra que ese marco legal, por sí solo, ya no basta para enfrentar los nuevos escenarios tales como los de suplantación, fraude o manipulación digital. De manera que, al ampliar el servicio de alerta a otros registros estratégicos como personas jurídicas, poderes o vehículos, reconoce una verdad incómoda: el fraude ya no es solo un problema del registro de predios. El riesgo es transversal, y, por lo tanto, también debe serlo la respuesta.

En este sentido, a través del servicio de Alerta Registral, el ciudadano que se suscribe obtendrá información sobre la presentación de un título al registro, la expedición de un servicio de publicidad sobre determinada o determinadas partidas, así como la información del acceso al contenido de tales partidas a través del “Servicio Conoce Aquí” y, en el caso de partidas del Registro Vehicular además, será informado sobre trámites de duplicados de placa física ante la Asociación Automotriz del Perú y sobre la generación de un aviso electrónico dentro Sistema Informativo de Garantías Mobiliarias (SIGM) en el marco del Decreto Legislativo N° 1400.

Sin duda alguna, se apertura una nueva etapa donde SUNARP no solo se limita a registrar actos, sino que asume una posición proactiva dentro del ecosistema jurídico. No solo se trata de un servicio gratuito de alertas, sino de una herramienta jurídico-digital que genera confianza en todos los peruanos y que era exigida hace años.

Es claro que  esto no significa que todo esté resuelto. El reto ahora no es técnico, sino cultural: lograr que la ciudadanía vea al registro no como una oficina lejana y burocrática, sino como una plataforma práctica, útil y vigilante. El sistema tecnológico ya está; lo que falta es el hábito de usarlo y, ¿de qué forma se puede instruir a la ciudadanía?, mediante campañas de educación digital y registral, alianzas con instituciones públicas y privadas. Tomando siempre en cuenta que, modernizar no es solo digitalizar, sino transformar.

En conclusión, esta norma no es un hito aislado, es parte de un proceso que la Superintendencia Nacional de Registros Públicos viene realizando con visión estratégica, marcando un antes y un después en el sistema registral peruano.

El procedimiento para poder acceder al servicio de alerta registral es sencillo. Existen dos formas de afiliación, a continuación, los pasos a seguir:

  • De forma voluntaria. El ciudadano puede ingresar a la página web de Alerta Registral de Digital de Sunarp (https://alertaregistral.sunarp.gob.pe/alerta/Registro). Allí deberá aceptar las condiciones del servicio, registrar su correo electrónico y número de celular, crear una contraseña de seguridad, completar un formulario virtual y afiliar las partidas que desea monitorear. En el caso del Registro de Mandatos y Poderes, también deberá ingresar el nombre y DNI del poderdante.
  • De forma automática. Esta se realiza cuando se inscribe una transferencia de propiedad en el Registro de Predios o en el Registro de Propiedad Vehicular, siempre que se haya consignado un correo electrónico o número de celular en la solicitud de inscripción.

Una vez afiliado, el usuario recibirá notificaciones por correo o mensaje de texto en los siguientes casos:

  • Presentación de un título al registro relacionado con sus partidas.
  • Expedición de publicidad registral sobre dichas partidas.
  • Acceso al contenido de las partidas mediante el servicio Conoce Aquí.
  • Solicitudes de duplicado de placa vehicular ante la Asociación Automotriz del Perú y generación de avisos electrónicos en el sistema SIGM.

La afiliación puede ser cancelada en cualquier momento desde la Sede Digital o la aplicación móvil de Sunarp, utilizando el usuario y la contraseña.

El servicio de Alerta Registral no reemplaza a la publicidad registral, pero sí cumple un rol preventivo importante. Se trata de una medida de seguridad jurídica que empodera al ciudadano y le permite actuar de forma oportuna frente a posibles riesgos o irregularidades vinculadas a sus derechos inscritos.

 

 

 

[1] (Texto Único Ordenado del Reglamento General de los Registros Públicos. Resolución Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 126-2012-SUNARP-SN)

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Jesús Smith Ojeda Callirgos

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