Artículos

Nuevos Precedentes Vinculantes del Tribunal de Fiscalización Laboral sobre la Buena Fe Procedimental y Licencias de Maternidad

Por Resolución de Sala Plena 016-2024-SUNAFIL/TFL (fundamentos 6.20, 6.21, 6.22, 6.23, 6.24, 6.25 y 6.26) se aprueban lo siguientes precedentes vinculantes referidos a la vulneración del principio de buena fe procedimental, cuándo se entenderá que hay mala fe por parte del administrado y la prohibición de compensar o sustituir por el empleador las licencias de maternidad y/o lactancia materna.

  1. El principio de buena fe procedimental dispone que todos los partícipes del procedimiento, realizan sus respectivos actos procedimentales guiados por el respeto mutuo, la colaboración y la buena fe, precisando que ninguna regulación del procedimiento administrativo puede interpretarse de modo tal que ampare alguna conducta contra la buena fe procedimental.
  2. Los administrados deben actuar respetando las garantías del debido procedimiento y utilizar los recursos administrativos dispuestos en la ley, para esclarecer la verdad material en el procedimiento, no siendo coherente la presentación de medios probatorios que, se presentan con la finalidad de dilatar el procedimiento y conteniendo datos que no se sujeten a lo afirmado en sus escritos impugnatorios, exigiendo a la Administración una mayor cantidad de tiempo para analizar el caso concreto, con el fin de verificar si finalmente, esos documentos desestiman o no la conducta infractora.
  3. Un impugnante demuestra una vulneración al principio de presunción de veracidad, cuando procura corregir o modificar sus declaraciones realizadas frente al inspector de trabajo, para luego, mediante su recurso de reconsideración y con los documentos presentados como supuestas pruebas nuevas, tratar de acreditar lo contrario. Cabe precisar que, si bien este principio admite prueba en contrario, ello no quiere decir que el administrado va a presentar cualquier tipo de medio probatorio que no demuestre sus argumentos o afirmaciones.
  4. Por consiguiente, en los casos que se advierta que los administrados han presentado medios probatorios, como nueva prueba o que estos desestimarían la conducta imputada, pero que, en realidad no cumplen con dicha finalidad, se considerará que el administrado ha incurrido en un acto de mala fe procedimental. Asimismo, los profesionales del derecho que patrocinan este tipo de recursos impugnatorios, deben ser puestos en conocimiento del Colegio de Abogados respectivos.
  5. El derecho de la licencia de maternidad no podrá ser compensado ni sustituido por ningún otro beneficio, como por ejemplo el pago de horas extras.
Lorena Seminario

Continúa Leyendo

Fortalecimiento del Sistema de Alertas de Productos y Servicios Peligrosos en el Código de Protección y Defensa del Consumidor

Mediante Ley N° 32230, publicada el 8 de enero de 2025, se han efectuado importantes modificaciones en el Código de...

No temas al uso de la firma digital

Tengo que salir de viaje, estaré fuera de la ciudad y necesito firmar unos contratos, ¿Qué puedo hacer?…La firma digital...

Las cláusulas de exoneración de responsabilidad vs el derecho del consumidor. ¿Este tipo de cláusulas son siempre abusivas?

Hace poco en el procedimiento administrativo iniciado por la Asociación de Consumidores y Usuarios de la Región Áncash (en adelante,...

No dejes que el trámite de tu proceso judicial de cobranza se dilate y complique, la apelación de la resolución que ordena el remate debe concederse sin efecto suspensivo.

Por muchos años los procesos judiciales únicos de ejecución, como por ejemplo, los de obligación de dar suma de dinero...

La importancia de la información brindada a través de la publicidad: El caso “Mr. Músculo”

En el marco del Derecho de Protección al Consumidor y la Competencia Desleal, el caso reciente contra S. C. Johnson...

MTPE aprueba obligación de notificación vía casilla electrónica

El 30.08.24, se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano, el Decreto Supremo N°004-2024-TR que aprueba la obligatoriedad de...

Vigencia de la Ley N° 32255 – Ley que restituye la detención preliminar en casos de no flagrancia

El Congreso de la República el 07.03.2025 promulgó la Ley N° 32255 – “Ley que restituye y modifica el literal...

Presidente del directorio vs Gerencia General: La marcha y gestión de la empresa se podría complicar

Durante mi vida profesional asesorando a diversas empresas familiares, un tema que he visto recurrente en algunas de ellas, es...

Scroll al inicio